Época:
Inicio: Año 69
Fin: Año 96

Antecedente:
Alto Imperio (III): Flavios y Antoninos



Comentario

Suetonio atribuye a Vespasiano una frase dicha al comienzo de su gobierno: "que necesitaba 400 millones de sestercios para que el Estado pudiera seguir existiendo".
La intervención más significativa en el área de la agricultura fue la iniciada por Vespasiano, que tendía a cubrir dos objetivos: recuperar para el Estado o para los dominios públicos de las ciudades tierras que venían estando en manos de particulares y, en segundo lugar, poner en explotación nuevas tierras.

En los repartos de épocas anteriores, el Estado había dejado sin asignar algunas tierras, las subcesivae, sobre las que seguía teniendo el derecho de propiedad aunque estuvieran realmente siendo trabajadas por particulares sin título censual sobre las mismas. Ahora se necesitaban esas propiedades bien para concederlas a veteranos del ejército o bien para venderlas con el fin de incrementar los ingresos del Tesoro. La medida de recuperar esas tierras subcesivae, comenzada a aplicar por Vespasiano, se hizo muy impopular; a pesar de ello se mantuvo hasta los años de su hijo Domiciano, quien permitió seguir con ellas a sus ocupantes tradicionales. En muchos casos eran tierras poco productivas y la complejidad de los pleitos relacionados con la recuperación de las mismas (revisiones del catastro y de los censos, pleitos y quejas de los posesores, etc.) hacía lenta y nada popular la aplicación del decreto. No debe olvidarse tampoco que si Domiciano pudo suprimir esa medida, lo hizo en un momento en que el Tesoro había sido saneado por su padre y hermano. En cualquier caso, ninguna fuente antigua nos precisa el grado de aplicación de tal medida.

La preocupación por conseguir la explotación máxima de todas las tierras cultivables se testimonia en varios documentos. Así, el largo texto hallado en Henchir Mettich (Túnez) de época antoniniana se refiere continuamente a que la organización del dominio imperial allí situado, conocido como villa Magna Variana, se realiza conforme a lo prescrito por la Lex Manciana, cuya dotación es de época flavia. Y entre otros contenidos, se alude también a tierras subcesivae. Y detrás de las medidas militares de hacer una nueva configuración de la frontera africana y del fossatum, hubo proyectos de ampliar la extensión de tierras cultivables de Africa. No debe olvidarse que África proporcionaba una parte importante del trigo destinado a Roma.

Las campañas militares consiguieron nuevos dominios territoriales en el área renana. La parte situada entre el Rin y el Danubio comenzó a ser organizada por Vespasiano y tomó una forma definitiva bajo su hijo Domiciano. Ese territorio conocido como los Campos Decumates, agri decumates, sirvió para la unión de las defensas fronterizas del Rin y del Danubio pero también recibió asentamiento de colonos. Y nuevas tierras para el Imperio se consiguieron como resultado de las campañas militares en Britania y de la conversión en territorio provincial de parte de Grecia y de Asia Menor.

La puesta en explotación de los recursos mineros estuvo presente en todo tiempo en la política de Roma. Bajo los Flavios, se perfecciona la gestión de los distritos mineros explotados directamente por el Estado. Desaparecen de ellos los publicanos y se encarga a libertos imperiales de la gestión de los mismos. En las minas de oro del Noroeste hispano, se testimonian bien estos cambios, que van a durar hasta la época de los Severos. Los responsables de cada distrito, procuratores metallorum, eran libertos que dependían del administrador provincial del Fisco, procurator provinciae, que tenía rango ecuestre. La función de estos libertos gestores de distritos mineros y su carácter de ser representantes del emperador les concedía una gran autoridad, de modo que podían incluso ejercer el mando sobre pequeños destacamentos militares.

A Domiciano se atribuye una medida por la que se prohibía la plantación de nuevos viñedos en Italia y la desaparición de la mitad de las cepas de los viñedos provinciales. Se ha entendido como un deseo del emperador de conseguir más tierras para la explotación cerealística. En todo caso, la prohibición fue escasamente cumplida. El propio Suetonio, que ofrece esta noticia, añade que no hizo ejecutar este edicto (Suet., Dom., VII).

Vespasiano suprimió las inmunidades concedidas por Nerón a algunas ciudades griegas y recomendó a sus agentes fiscales exigir las obligaciones de la población del Imperio con el Fisco. No deja de ser anecdótica la acusación de que Vespasiano permitía que algunos se enriquecieran para después, por medio de un proceso en el que salían condenados, estrujarlos como a esponjas para que soltaran el capital acumulado. Y un valor semejante hay que atribuir al hecho de que Vespasiano aplicara impuestos por el uso de las letrinas públicas. Ni el Tesoro se saneó con los impuestos de las letrinas ni Vespasiano aplicó demasiadas condenas.

Nuevo fue el impuesto sobre los judíos: el diezmo que pagaban al Templo de Jerusalén pasó a ser un impuesto obligado para destinarlo al Fisco, Iudaicus fiscus. Y Domiciano hizo una aplicación rigurosa del mismo pues lo exigió "tanto a quienes profesaban la fe judaica como a quienes, disimulando su origen, se habían librado del impuesto exigido a este pueblo" (Suet., Dom., XII). Pero la recuperación real del Tesoro público fue el resultado no tanto de los nuevos impuestos como de una eficaz gestión fiscal y de una mejora general de la economía.